FACULTADES DE LA DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN

La Comisión Estatal Electoral, a través de la Dirección de Fiscalización dependiente de la Coordinación Técnica Electoral, en materia de fiscalización tiene, entre otras, las siguientes facultades:

  • - Emitir normas generales de contabilidad y registro de operaciones aplicables a los partidos políticos.
  • - Vigilar que los recursos tengan origen lícito y se apliquen de acuerdo a la Ley.
  • - Recibir y revisar los informes trimestrales, anuales, de precampaña, de campaña y de actividades específicas de los partidos políticos y sus candidatos.
  • - Ordenar la práctica de auditorias, directamente o a través de terceros, a las finanzas de los partidos políticos, así como ordenar visitas de verificación con el fin de corroborar el cumplimiento de sus obligaciones y la veracidad de sus informes.
  • - Presentar a la CEE los informes de resultados y proyectos de resolución sobre las auditorías y verificaciones practicadas a los partidos políticos, especificando irregularidades en el manejo de sus recursos e incumplimiento de sus obligaciones de informar sobre la aplicación de los mismos y, en su caso, propondrán las sanciones que procedan conforme a la normatividad aplicable.
  • - Proporcionar a los partidos políticos la orientación, asesoría y capacitación necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones en relación a la obtención y aplicación de sus recursos.
  • - Fiscalizar y vigilar los ingresos y gastos de Asociaciones Políticas Estatales.
  • - Ser responsable de los procedimientos de liquidación de los partidos políticos que pierdan su registro.
  • - Requerir de las personas físicas o morales, públicas o privadas, en relación con las operaciones que realicen con los partidos políticos, la información necesaria para el cumplimiento de sus tareas, respetando en todo momento las garantías del requerido.
REGLAMENTOS.
La Dirección de Fiscalización en cumplimiento al artículo 51 bis 2 inciso a) de la Ley Electoral del Estado, emitió reglamentos que se describen en la tabla siguiente:

Nombre del Reglamento Fecha Reuniones de Trabajocon Partidos Políticos Fecha Aprobaciónen Pleno Fecha Publicaciónen Periódico Oficial
Reglamento de Fiscalizaciónde los Partidos Políticos.  13, 21 y 28 de enero 2009 30 enero 09 06 febrero 09
Reglamento de Fiscalizaciónde los Partidos Políticosque formen Coaliciones. 1 de abril 2009 05 abril 09 15 abril 09
Reglamento de Fiscalizaciónpara el financiamiento público por actividades específicas realizadas por los Partidos Políticos. 6, 13 y 18 agosto 2009 28 septiembre 2009 30 septiembre 2009
Reglamento para la fiscalización de los recursos de las organizaciones interesadas en obtener registrocomo Partidos Políticos Estatales. Diciembre 2009 14 diciembre 09 18 diciembre 09
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