CÓMPUTO Y DECLARACIÓN DE VALIDEZ DE LAS ELECCIONES

Cómputo de las elecciones de Diputados y Gobernador

El 10 de julio a las 8:00 horas dio inicio la sesión de cómputo total en la Comisión Estatal Electoral, de conformidad al artículo 207 de la Ley Electoral. Durante la sesión se procedió a la apertura de los sobres y paquetes remitidos por las 63 mesas auxiliares que no habían sido computados, por presentar alguna inconsistencia en el llenado de las actas o la ausencia del sobre con el acta al exterior de los paquetes.

El pleno de la Comisión Estatal Electoral abrió un total de 234 paquetes, de los cuales 129 pertenecieron a la elección de Diputados Locales y 105 paquetes de la elección de Gobernador.

El 12 de julio a las 20:20 horas se concluyó el cómputo total de las elecciones, los Comisionados Ciudadanos procedieron a declarar la validez de las elecciones, para posteriormente expedir las Constancias de Mayoría correspondientes a cada unos de los 26 Distritos Electorales Locales y para la asignación de las Diputaciones por el principio de Representación Proporcional, así como la constancia respectiva para Gobernador.

Cabe señalar que en el la elección de Diputado del Distrito 6 conforme a los resultados obtenidos y de acuerdo al artículo 207 fracción IV de la Ley Electoral, la Comisión Estatal Electoral realizó el recuento de votos en la totalidad de las casillas del referido distrito –170–, se llevó a cabo de las 15:00 a las 19:30 horas del mismo día 10 de julio, una vez concluido el recuento, no se modificaron los resultados obtenidos anteriormente.

Cómputo de las elecciones de Ayuntamientos

A las 8:00 horas del 8 de julio de 2009 dieron inicio las sesiones de cómputo total de la elección de Ayuntamientos en las 51 Comisiones Municipales Electorales en el estado. Terminado el cómputo, dentro de la misma sesión permanente, las Comisiones Municipales Electorales declararon la validez de la elección, realizaron la asignación de regidurías de representación proporcional y extendieron las Constancias de Mayoría a los ciudadanos integrantes de las planillas ganadoras y de regidurías de Representación Proporcional, conforme a los artículos 217 y 220 de la Ley Electoral del Estado.

Cabe señalar que en el municipio de Mier y Noriega conforme a los resultados obtenidos y de acuerdo al artículo 217 fracción V de la Ley Electoral, la Comisión Municipal Electoral por primera vez en la historia de Nuevo León llevó a cabo el recuento de votos en la totalidad de las casillas –15– y una vez terminado el mismo no se modifico los resultados obtenidos.

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