INFORME DE CAMPAÑA 2009

El Informe de Campaña conforme al artículo 51 bis 4 fracción IV de la Ley Electoral del Estado, tendrá entre otras, las siguientes disposiciones:

  • a) Deberán ser presentados por los partidos políticos , para cada una de las campañas en las elecciones respectivas, especificando los gastos que el partido político y el candidato hayan realizado en la respectiva campaña;
  • b) Los informes de campaña serán presentados a más tardar dentro de los sesenta días siguientes al de la jornada electoral;

y A continuación se presentan las diferentes actividades realizadas para efectos del informe de campaña 2009:

Fecha Actividad realizada para Informe Anual 2008
Septiembre 03, 2009 Fecha límite de recepción de los Informes de Campaña 2009.
Septiembre 23 2009 a Enero 25 2010 Período de revisión de Informes de Campaña 2009.
Marzo 8, 2010 La Dirección de Fiscalización presenta su dictamen preliminar a la Coordinación Técnica para su revisión
Abril 19, 2010 Presentación de la Dirección de Fiscalización a Partidos Políticos del Dictamen Consolidado a la CEE
Abril 26, 2010 Aprobación de Informes de Campaña 2009 en Sesión Ordinaria.
Resultados de la Revisión al Informe de Campaña 2009:
Partido o Coalición Monto
de Sanción
Tipo
de Sanción
Concepto de la Sanción
Coalición Juntos por Nuevo León
(PRI, PVEM, Cruzada Ciudadanay Demócrata).

Y Coalición Unidos por Nuevo León
(PRI, Cruzada Ciudadana y Demócrata)
$167,520.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa por cuanto hace ala observación sobre la presentación de campañas sin contabilidadcorrespondientes a la renovación de Ayuntamientos de Anahuac,Santa Catarina y Ciénega de Flores Nuevo León y por haber omitidola inclusión de la información relativa al origen y aplicación de losrecursos para esas tres campañas.
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber presentado servicios de publicidad sin contratos e incumplido la coalición con la obligación citada en la disposición reglamentaria señalada en el artículo 87 del RFPP*. 
$83,760.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto de nohaber reportado dentro de su informe de campaña 2009 la cantidad de $641,699.75 y $230,000.00 por concepto de anuncios panorámicos y espectaculares de dicha campaña y determinados porla DFPP** mediante Monitoreo Directo y Confirmación directa deProveedores.
$55,840.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa en el caso particular de la campaña a la Alcaldía de Monterrey en virtud de haberesta excedido el tope de gastos reportados dentro de su informede campaña 2009 por la cantidad de $24,978.50, por concepto deanuncios panorámicos y espectaculares, los cuales fueron determinados por el Monitoreo directo de la CEE.
$5,584.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto de nohaber reportado dentro de su informe de campaña 2009 la cantidadde $32,500.00 por concepto de anuncios panorámicos y espectaculares de dicha campaña y determinados por la DFPP** medianteMonitoreo por Confirmación directa de Proveedores.
Partido Acción Nacional $39,088.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto de nohaber reportado dentro de su informe de campaña 2009 la cantidad de $351,981.97y $28,270.83 por concepto de anuncios panorámicos y espectaculares de dicha campaña y determinados porla DFPP** mediante Monitoreo Directo y Confirmación directa deProveedores.
Partido de la Revolución Democrática APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber incumplido con la obligación citada en el artículo 59 del RFPP* en el sentido de que, se encontraron gastos depublicidad en diarios y no se anexan el contrato respectivo ni elejemplar original del medio impreso.
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber incumplido con la obligación citada en el artículo 24 del RFPP* en el sentido de que “todos los ingresos…deberán depositarse en cuentas bancarias de cheques…”. Al no darse loselementos de prueba necesarios para corroborar que se trató de ungasto de campaña, puede considerarse como leve la infracción.
$72,592.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto de nohaber reportado dentro de su informe de campaña 2009 la cantidad de $718,666.42 por concepto de anuncios panorámicos yespectaculares de dicha campaña y determinados por la DFPP**mediante Monitoreo Directo.
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber incumplido con la obligación citada en elartículo 111 del RFPP* que dispone que “...deberá contratarse unacuenta bancaria de cheques única para cada campaña...”; pues alno aperturarse cuentas bancarias separadas, dificulta la revisión correspondiente, por lo que entonces puede considerarse como levela infracción.
$5,584.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa por haber realizadodepósitos en efectivo superiores al límite establecido en el artículo39 del RFPP*: “…superiores a cien salarios mínimos vigentes en lazona económica de la ciudad de Monterrey”.
$5,584.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa por la falta de comprobación de las erogaciones realizadas por concepto de Reconocimientos por Actividades Políticas, conforme a lo dispuesto por elart. 62 del RFPP*.
Coalición
“Porque Juntos Llegaremos”
[PRD y PSD (extinto)]
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber incumplido con la obligación citada en elartículo 85 del RFPP* y que cita “…deberá abrir una cuenta concentradora de cheques, así como una por cada campaña…”.
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber incumplido con la obligación citada en el artículo 28 del RFPP* de que “todos los ingresos…deberán depositarseen la cuenta bancaria de cheques concentradora a nombre del Partido Político encargado del manejo de los recursos financieros...”.
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber incumplido con la obligación citada en el artículo 55 del RFPP* en el sentido de que “Los egresos(gastos) quese efectúen con motivo de las campañas políticas que realicen lasCoaliciones, deberán ser registrados contablemente como tales enla contabilidad de la campaña del candidato que corresponda”.
Nueva Alianza,
Partido Político Nacional
APERCIBIMIENTO Apercibimiento: Se propone se imponga formal sanción de apercibimiento por haber, incumplido con la obligación citada en el artículo 55 del RFPP*, ya que no se utilizó el criterio básico de prorrateo.
$44,392.80 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto por excederse del límite en el pago de Repap (Reconocimientos en efectivo por actividades de apoyo político).
Partido Social- Demócrata(Extinto) Se propone solamente poner en conocimiento de lo anterior al IFE, para los efectos legales a que haya lugar. MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto de nohaber reportado dentro de su informe de campaña 2009 la cantidad de $13,769.77 por concepto de anuncios panorámicos y espectaculares de dicha campaña y determinados por la DFPP** porMonitoreo Directo. La DFPP** propone solamente poner en conocimiento de lo anterior al IFE, para los efectos legales a que haya lugar, conforme ala cláusula Segunda del Convenio de coordinación para el Apoyoy colaboración en el Intercambio de Información sobre el Origen,monto y Destino de los Recursos de los Partidos Políticos, celebrado entre la CEE y el IFE.
Partido Verde Ecologista de México $196,374.97 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al efecto y por haber aceptado haber recibido y reportado dentro de su informe decampaña 2009 la cantidad de $196,374.97 por concepto de aportaciones en especie (propaganda) hechas por personas morales, queestán prohibidas en el RFPP* en el artículo 59 y en el artículo 51 dela LEENL.
$5,584.00 MULTA Multa: Se propone la imposición de una multa al respecto de nohaber reportado dentro de su informe de campaña 2009 la cantidadde $51,060.00 por concepto de anuncios panorámicos y espectaculares de dicha campaña y determinados por la DFPP** medianteMonitoreo y Confirmación directa de Proveedores.

RFPP* Reglamento de Fiscalización a Partidos Políticos.
DFPP** Dirección de Fiscalización a Partidos Políticos.

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