TABLAS
- Requisitos de registro

- Estadísticas de registro

- Sustituciones de candidatos registrados

Registro de candidatos

La Comisión Estatal Electoral es la responsable de recibir las postulaciones de registro de candidatos para las elecciones en Nuevo León, de acuerdo con los plazos establecidos en la legislación electoral.

Los candidatos propuestos deben reunir los requisitos establecidos en la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, así como cumplir con los requerimientos contenidos en la Constitución Política del Estado de Nuevo León.

El registro de candidatos a Gobernador se verificó del 15 al 28 de febrero de 2003; el de candidatos a Diputados del 15 al 31 de marzo de 2003; y para la renovación de Ayuntamientos, del 1 de marzo al 15 de abril de 2003, en conformidad con lo previsto por el Artículo 111 de la Ley Electoral del Estado.

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