La Asociación Mexicana de Consejeras y ExConsejeras Estatales Electorales (AMCEE) en conjunto con el INE y los Organismos Públicos Electorales, activarán una Red Nacional de Candidatas con el objetivo de acompañar y orientar a las mujeres que sean postuladas a los distintos cargos de elección popular en casos de violencia política en razón de género.

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Red de candidatas atenderá violencia política de género
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Carta de adhesión a la Red de Candidatas

En brindar acompañamiento y orientación a mujeres que sean postuladas a distintos cargos de elección popular en casos de violencia política, generando acciones concretas para erradicarla.

  • Informar a las candidatas en qué consiste la violencia política de género, las instancias en las que pueden denunciar, así como el vínculo ante cada instituto electoral.
  • Solicitar el consentimiento de las candidatas para que el personal de los institutos electorales locales pueda darles seguimiento cada 15 días, durante las campañas
  • La información que se recabe será a través de los formatos y recopilada por la AMCEE, a través de una Consejera Electoral designada. Dicha información se procesará en conjunto con el INE para presentarlo posteriormente.

La Comisión Estatal Electoral es la encargada de su operatividad a nivel local.

Las candidatas a cargos de Gubernatura, munícipes de los Ayuntamientos, así como Diputaciones por ambos principios que participen en el proceso electoral 2020-2021 de Nuevo León.

La duración de la #RedDeCandidatas será desde el inicio de las precampañas y hasta la conclusión de las campañas.

Para lograr el objetivo primordial de la #RedDeCandidatas que es el de asegurar que la participación política de las mujeres sea libre de violencia, el período podrá extenderse a la etapa de resultado, toma de protesta y el respectivo ejercicio del cargo.

Puedes enviar un mensaje al correo redcandidatas@ceenl.mx o llamar al teléfono 8112331515 ext. 1569, en un horario de 9:00 a 18:00 hrs.

¡Bienvenida al registro de la Red de Candidatas Nuevo León!

Sigue los pasos señalados para poder incorporarte a la Red.

PASO 1

Descarga, imprime, llena y firma el formulario de ingreso. Una vez llenado el formulario, escanéalo y guárdalo en .jpeg, .jpg o pdf. DESCARGAR DOCUMENTO


*Es importante que firmes de forma física el documento.


PASO 2

Una vez que tengas listo tu formulario de ingreso, deberás registrarte y subir tu documento en el siguiente SISTEMA DE REGISTRO


PASO 3

Una vez que subas toda tu información, recibirás un correo automático en el cual se confirmará que se cargaron los datos correctamente. El equipo de la Comisión Estatal Electoral verificará tus datos y se comunicará a través del correo redcandidatas@ceenl.mx para confirmar tu ingreso a la Red de Candidatas.


PASO 4

El equipo de la Comisión Estatal Electoral integrará a todas las candidatas registradas a un grupo de WhatsApp en el cual podrán recibir información en materia de violencia política, así como los recursos disponibles para su orientación y acompañamiento.

VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO

¿Qué es la violencia política contra las mujeres en razón de género?

“Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo”

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

¿Cómo se identifica?

Para identificar si se trata de violencia política contra las mujeres en razón de género, debe verificarse que estén presentes los siguientes cinco elementos:

  • Que el acto u omisión se base en elementos de género, es decir:
    • Se dirige a una mujer por su condición de mujer;
    • Le afecta desproporcionadamente o tiene un impacto diferenciado en ella.
  • Que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales.
  • Que se dé en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o en el ejercicio de un cargo público.
  • Que sea a través de violencia simbólica, verbal, patrimonial, económica, física, sexual, digital, psicológica o feminicida.
  • Que sea perpetrada por cualquier persona o grupo de personas

¿A quién se dirige?

  • Votantes
  • Precandidatas
  • Candidatas
  • Representantes electas
  • Funcionarias designadas
  • Militantes o dirigentes de un partido

¿Quién la ejerce?

  • Cualquier persona o grupo de personas
  • Agentes estatales
  • Superiores jerárquicos
  • Colegas de trabajo
  • Dirigentes, militantes y simpatizantes de partidos políticos
  • Precandidatas o precandidatos
  • Candidatas o candidatos
  • Medios de comunicación y sus integrantes

¿En dónde?

Ámbito público

En la esfera política, económica, social, cultural o civil

Ámbito privado

Dentro de la familia o en cualquier relación interpersonal

¿Cuándo?

  • Durante alguna de las etapas del proceso electoral
  • En el ejercicio de un cargo público

¿Qué instrumento atiende la violencia política contra las mujeres en Nuevo León?

El instrumento que atiende este tipo de violencia es el Protocolo para atender casos de violencia política en razón de género en Nuevo León.

Consúltalo aquí:

Protocolo para atender casos de violencia política en razón de género en Nuevo León


PROTOCOLO



Guía práctica del Protocolo
GUÍA