/ Transparencia / Fracción XXXV
Fracción XXXV


El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad

2023

2022

2021

2020

2019

2018

2017


2016

Publicación del inventario de bienes de la Comisión Estatal Electoral, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 27 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

Artículo 27.- Los entes públicos deberán llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes a que se refiere el artículo 23 de esta Ley. Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro contable. En el caso de los bienes inmuebles, no podrá establecerse un valor inferior al catastral que le corresponda.

Los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en el inventario físico los bienes que adquieran. Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis meses. Los municipios podrán recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público.
  1. Formato Relación de bienes muebles que componen el patrimonio - cuenta pública 2014
  2. Formato Relación de bienes muebles que componen el patrimonio - cuenta pública a marzo 2015
  3. Formato Relación de bienes muebles que componen el patrimonio - cuenta pública a junio 2015
  4. Formato Relación de bienes muebles que componen el patrimonio - cuenta pública a septiembre 2015
  5. Formato Relación de bienes muebles que componen el patrimonio - cuenta pública a diciembre 2015
  6. Formato Relación de bienes muebles que componen el patrimonio - cuenta pública a marzo 2016






Responsable: Dirección de Administración